7 de agosto

Medidas especiales de seguridad y movilidad para el 7 de agosto de 2026 en Ocaña

Operativo de seguridad en Ocaña 2026

La Alcaldía de Ocaña decretó ley seca y otras restricciones de seguridad, movilidad y orden público para garantizar la tranquilidad durante la conmemoración del 7 de agosto.

Alcaldía de Ocaña Se busca garantizar la seguridad en el municipio durante la celebración del 7 de agosto

La Alcaldía de Ocaña anunció la expedición del Decreto N.° 182 del 4 de agosto de 2026, mediante el cual se establecen medidas especiales de seguridad, movilidad y orden público que estarán vigentes con motivo de la conmemoración del 7 de agosto, fecha patria en Colombia.

Las disposiciones buscan proteger la vida, fortalecer la convivencia ciudadana y garantizar un ambiente de tranquilidad y respeto durante las actividades programadas en el municipio.

Entre las medidas adoptadas se encuentran restricciones relacionadas con el consumo de bebidas alcohólicas, el porte de armas, la movilidad y el transporte de determinados materiales, además de acciones preventivas en el sector salud.

Medidas establecidas en el Decreto N.° 182

  • Ley seca: prohibición de la venta y consumo de bebidas alcohólicas en todo el municipio desde las 6:00 p.m. del jueves 6 de agosto hasta las 12:00 m. del sábado 8 de agosto de 2026.
  • Suspensión del porte de armas: se prohíbe el porte de armas en todo el municipio durante la vigencia de la medida, salvo las excepciones contempladas por la autoridad competente.
  • Prohibición del uso de drones: no estará permitido el uso de drones desde las 6:00 p.m. del jueves 6 de agosto hasta las 6:00 a.m. del sábado 8 de agosto de 2026.
  • Restricción para motocicletas con parrillero: se prohíbe la circulación de motocicletas con acompañante desde las 6:00 p.m. del jueves 6 de agosto hasta las 12:00 m. del sábado 8 de agosto de 2026.
  • Movilidad de personas en vehículos: no se permitirá transportar personas en platones, carrocerías o sentadas en las partes externas de vehículos u otros medios que representen riesgo.
  • Restricción al transporte de materiales: se prohíbe el transporte de líquidos inflamables, escombros, desechos, trasteos y cilindros de gas en todo el municipio desde las 6:00 p.m. del 6 de agosto hasta las 6:00 a.m. del 8 de agosto de 2026.
  • Alerta amarilla hospitalaria: se activa la alerta amarilla en la red hospitalaria para garantizar una atención oportuna ante cualquier emergencia.
  • Restricción para volquetas: se prohíbe la circulación de vehículos tipo volqueta desde las 6:00 p.m. del jueves 6 de agosto hasta las 6:00 a.m. del sábado 8 de agosto de 2026.
  • Prohibición de juegos pirotécnicos: queda prohibida la distribución, transporte, manipulación, uso y quema de juegos pirotécnicos, fuegos artificiales y elementos similares desde las 6:00 p.m. del 6 de agosto hasta las 12:00 m. del 8 de agosto de 2026.

La Administración Municipal informó que la Policía Nacional, el Ejército, las autoridades de Tránsito, los inspectores de Convivencia y Paz y demás autoridades competentes serán los encargados de vigilar el cumplimiento de estas disposiciones y de aplicar las sanciones correspondientes a quienes incumplan las medidas establecidas en el decreto.