El Consejo de Estado decidió suspender, de manera provisional, el decreto 1469 del 29 de diciembre de 2025 , con el cual el presidente Gustavo Petro fijó en 23 % el aumento del salario mínimo.
El alto tribunal, además, ordenó al Gobierno nacional expedir un nuevo decreto que tome como base los siguientes elementos:
- La meta de inflación fijada por la Junta Directiva del Banco de la República.
- La productividad certificada oficialmente.
- La inflación real del año anterior.
- El crecimiento del PIB.
- La contribución de los salarios al ingreso nacional.
- La especial protección del trabajo.
- La garantía de una remuneración mínima, vital y móvil.
- La función social de la empresa.
- Los objetivos constitucionales de dirección de la economía.
Para expedir el nuevo decreto, el Consejo de Estado le dio ocho días calendario al Gobierno a partir del momento en que sea notificado oficialmente de la decisión provisional.
"El nuevo decreto debe contener una fundamentación económica detallada y verificable, explicando el tipo de valoración aplicada a cada criterio, su cuantificación, la ponderación realizada, el razonamiento que conduce a la cifra final y el análisis del contexto económico, todo con respaldo en fuentes y certificaciones oficiales", dice el alto tribunal, y precisa que la medida es temporal hasta que se "adopte una sentencia definitiva sobre la validez del decreto demandado".
¿Cómo quedaría el salario mínimo de 2026?
Si se tiene en cuenta sólo la inflación de 2025, el aumento sería de 5,1 %, de modo que el salario mínimo de 2026 quedaría en 1.496.099 pesos. No obstante, hay que tener en cuenta otras variables y, a juzgar por lo que dice el Consejo de Estado, se tendría que conciliar una cifra con los gremios económicas, cuya propuesta de incremento para 2026 estaba en 7,21 %.
Así las cosas, si sólo se tiene en cuenta lo que proponen los empresarios, el nuevo salario mínimo sería de 1.526.134 pesos.
¿Qué va a pasar con las próximas quincenas y la caída del aumento del salario?
En su comunicado, el Consejo de Estado hace una aclaración: mientras el Gobierno nacional expide el nuevo aumento, seguirá rigiendo el decreto de 1469 del 29 de diciembre de 2025. En ese sentido, para el desembolso de la primera quincena de febrero y, muy probablemente, para la segunda, aún se seguirá pagando el aumento del salario del 23 %, es decir, el sueldo de 1.750.905 pesos.
La decisión del alto tribunal tampoco significa que se pierdan los beneficios que ya se han hecho efectivos:
"La suspensión provisional no afecta las obligaciones ni los derechos que hayan sido calculados, causados o pagados con base en el salario mínimo vigente durante el período en que el decreto produjo efectos, incluidos pagos de nómina pública y privada, pensiones, contratos, multas, sanciones, tarifas, cuantías procesales, cuotas alimentarias, entre otras. Estas constituyen situaciones jurídicas consolidadas, protegidas por los principios de seguridad jurídica y debido proceso, y no generan obligación de reintegro ni efectos retroactivos".