El Consejo Nacional Electoral (CNE) reveló este miércoles los resultados oficiales de las votaciones del 21 junio de 2026, validados por el proceso de escrutinio.
Así las cosas, los votos obtenidos por candidato son:
- Abelardo de la Espriella: 12.960.166
- Iván Cepeda Castro: 12.708.312
Los datos generales de la segunda vuelta de las elecciones presidenciales son:
- Total por candidatos: 25.668.478
- Votos en blanco: 427.026
- Votos válidos: 26.095.504
- Votos nulos: 220.790
- Votos no marcados: 28.666
- Total general: 26.344.960
¿Qué es el escrutinio y en qué se diferencia del preconteo del domingo?
Colombia siempre se ha caracterizado por la velocidad con la que se conocen los resultados el mismo día en que se celebran las votaciones. Ese resultado se llama preconteo o conteo rápido de mesa, pero sólo es informativo y no tiene "valor jurídico vinculante", explica la Registraduría. En otras palabras, no son los resultados oficiales.
El escrutinio, en cambio, es el proceso para verificar y validar los votos, de manera que sí dicta cuáles son los resultados oficiales, de acuerdo con la entidad. Una vez el CNE adelanta su audiencia de escrutinio, el candidato ganador recibe su respectiva credencial que lo acredita como presidente electo.
A pesar de que el preconteo no es el resultado oficial, en elecciones a la Presidencia su diferencia es mínima respecto al escrutinio. Eso se comprobó en las votaciones del pasado 21 de junio, cuando se dieron los siguientes datos en el preconteo:
- Abelardo de la Espriella: 12.959.542
- Iván Cepeda Castro: 12.708.712
En el caso de De la Espriella, la diferencia fue de +624 después del escrutinio. Cepeda registró -400. En términos porcentuales, es prácticamente despreciable lo que cada uno sumó o restó:
- Abelardo de la Espriella: +0,0048 %
- Iván Cepeda Castro: -0,0031 %
¿Qué es el estatuto de la oposición?
Iván Cepeda reconoció la victoria de Abelardo de la Espriella y aceptó su curul como senador para el periodo 2026-2023. Aída Quilcué, su fórmula a la Vicepresidencia, también decidió aceptar su escaño en la Cámara de Representantes.
La decisión de Cepeda y Quilcué responde a la ley 1909 de 2018, conocida como Estatuto de la Oposición y que establece que la persona que saque la segunda votación más alta en elecciones a la Presidencia, la Alcaldía o la Gobernación tendrá derecho a un asiento en el Congreso, el Concejo (distrital o municipal) o la Asamblea departamental, según sea el caso.
La fórmula a la Vicepresidencia del candidato perdedor podrá asumir como representante a la Cámara de Representantes (artículo 24).
Por poner un ejemplo: Carlos Fernando Galán fue el ganador de las pasadas elecciones a la Alcaldía de Bogotá. Juan Daniel Oviedo obtuvo la segunda votación más alta y, gracias a eso, logró una curul en el Concejo.