Cada vez que Colombia entra en temporada de elecciones aparecen varias medidas que cambian el ritmo de las ciudades. Entre ellas, una de las más conocidas es la ley seca, una restricción que suspende temporalmente la venta y el consumo de bebidas alcohólicas en todo el país.
Esta norma acompaña los procesos electorales desde hace décadas y tiene un propósito claro: mantener el orden público durante las votaciones. Las autoridades buscan evitar riñas, disturbios o situaciones que puedan interferir con el desarrollo de la jornada democrática.
En medio de ese fin de semana electoral, una duda aparece con frecuencia entre ciudadanos y comerciantes: si es posible pedir licor a domicilio o comprarlo por aplicaciones mientras rige la ley seca. El decreto expedido por el Gobierno establece reglas claras sobre este tema.
¿Qué significa la Ley Seca y por qué se aplica en elecciones?
La ley seca es una medida de orden público que prohíbe temporalmente la venta y el consumo de alcohol en establecimientos abiertos al público y en espacios públicos. La restricción incluye bares, discotecas, restaurantes, tiendas y supermercados.
Esta práctica surgió como respuesta a episodios de violencia política que se presentaban en épocas electorales. La mezcla de licor, tensión política y concentraciones de personas generaba conflictos en varias ciudades.
Hoy la medida se mantiene como una herramienta preventiva. Las autoridades buscan reducir enfrentamientos, alteraciones del orden público y situaciones de violencia que puedan afectar el desarrollo normal de la jornada electoral.
¿Cuándo empieza la Ley Seca en las elecciones de marzo de 2026?
La medida quedó establecida en el Decreto 0188 del 27 de febrero de 2026. Este documento fija el periodo mínimo en el que debe aplicarse la restricción en todo el territorio nacional.
Para las elecciones legislativas, la ley seca comenzará a las 6:00 de la tarde del sábado 7 de marzo y se mantendrá vigente hasta las 12:00 del mediodía del lunes 9 de marzo. Durante ese tiempo quedará suspendida la venta y el consumo de bebidas alcohólicas.
El mismo horario se aplicará en la primera vuelta presidencial. En esa ocasión, la restricción arrancará a las 6:00 de la tarde del sábado 30 de mayo y se extenderá hasta el mediodía del lunes 1 de junio, siguiendo el mismo esquema fijado por el Gobierno nacional.
¿Se puede pedir licor por domicilio durante la Ley Seca?
Durante el tiempo en que rige la ley seca no está permitida la venta de bebidas alcohólicas bajo ninguna modalidad. La prohibición aplica para establecimientos comerciales y también para cualquier forma de distribución del producto.
Esto significa que los domicilios o pedidos a través de aplicaciones tampoco están autorizados durante el periodo de restricción. Un comercio que entregue bebidas alcohólicas en ese horario estaría incumpliendo el decreto.
La norma obliga a alcaldes y autoridades locales a prohibir la venta y el consumo de alcohol en los horarios definidos, por lo que la medida tiene carácter obligatorio en todo el territorio nacional. Los alcaldes no pueden reducir ese periodo, aunque sí tienen la posibilidad de ampliarlo si las condiciones de seguridad lo requieren.
Multas por consumir o vender alcohol durante la restricción
Durante la ley seca, tanto ciudadanos como establecimientos pueden recibir sanciones si incumplen la restricción. El Código Nacional de Policía establece que consumir alcohol en espacios públicos durante ese periodo puede generar una Multa Tipo 4, equivalente a 32 salarios mínimos diarios legales vigentes, que para 2026 ronda 1.800.000 pesos.
Las autoridades pueden imponer la sanción en el mismo lugar y, si la situación afecta la convivencia, también tienen la facultad de realizar registros o trasladar a la persona a un Centro de Traslado por Protección.
En el caso de los comercios, vender bebidas alcohólicas durante la ley seca también se considera una infracción, por lo que las autoridades pueden imponer la misma multa de 32 salarios mínimos diarios, además de aplicar medidas administrativas como el sellamiento temporal del establecimiento, especialmente si se detecta reincidencia o problemas de orden público.
Otras medidas que acompañan la jornada electoral
El Decreto 0188 también establece otras disposiciones para garantizar que las elecciones se desarrollen con normalidad con el uso de celular en los puestos de votación. También aparece el cierre temporal de los pasos terrestres y fluviales de frontera.
Esta restricción comenzará a las 6:00 de la tarde del 7 de marzo y se mantendrá hasta las 6:00 de la mañana del 9 de marzo, con excepciones únicamente en situaciones de fuerza mayor o casos fortuitos.
Además, durante los días previos a la votación los actos políticos solo pueden realizarse en recintos cerrados, y el día de las elecciones queda prohibida la propaganda político-electoral en medios de comunicación y la publicación de encuestas antes del cierre de las urnas.